Gastos Hipotecarios
Actualizado: 22 jul 2021
Reclama tus gastos hipotecarios, el Tribunal Supremo fija que los gastos de tasación en los préstamos hipotecarios anteriores a la Ley de Contratos de Créditos Inmobiliarios corresponden al banco.
Una sentencia del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha resuelto sobre los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios entre bancos y consumidores. El alto tribunal dictamina que los gastos de tasación, cuando no sea aplicable la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, incumben al banco y no al consumidor.
Si no existió un reparto de los gastos derivados de la formalización de la hipoteca (costes reflejados en el apartado 2.1), el banco tendrá que devolverte todo el dinero que pagaste, ya que como sujeto pasivo o interesado en la operación, no podía obligar al cliente a asumirlos todos.
Estos son los gastos de constitución que, según el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tienes derecho a recuperar:
La gestoría
La mitad de la notaría
Registro de la Propiedad
La tasación
Pueden reclamar los que se hipotecaron antes del 16 de junio de 2019 y pagaron más gastos de constitución de la cuenta, es decir, el registro, la gestoría y la tasación o más de la mitad de las costas de notaría. En principio, el plazo de prescripción es de cinco años a contar desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación”, aunque hay juristas que creen que este plazo nunca caduca.